Judicial

Miembros de la Fuerza Pública con VIH tendrán especial protección constitucional

La Sala Sexta de la Corte Constitucional falló a favor de un soldado profesional activo, diagnosticado con VIH, para proteger sus derechos fundamentales a la seguridad social.

Miembros de las Fuerza Pública con VIH tendrán especial protección constitucional. Foto: Cortesía Colprensa

En 2015, la Dirección de Sanidad Militar del Ejército Nacional (DISAN EJC) practicó una Junta Médico Laboral para evaluar la posible disminución de las aptitudes psicofísicas de un soldado profesional activo. No obstante, el dictamen no asignó un porcentaje de pérdida de capacidad laboral, ni tampoco estableció criterios para determinar el progreso de su infección o el posterior deterioro de sus condiciones clíncas, explicó la Corte Constitucional.

Tras esta decisión, la Sala Sexta de Revisión, con ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado, reafirmó que las personas con VIH son titulares de una especial protección constitucional. En el caso concreto, la Corte Constitucional argumentó: "La valoración efectuada por la DISAN EJC en 2015 resultó incompleta, incurrió en falta de motivación y no analizó la historia clínica del accionante de forma integral". 

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Finalmente, se ordenó conformar una nueva Junta Médico Laboral, se recordó la oblicación de responder oportunamente las solicitudes elevadas en este tipo de trámites, especialmente cuando se trate de miembros del Ejército, y se advirtió a la DISAN EJC sobre el deber de suministrar los medicamentos que se requieran para el tratamiento del VIH.