Estas son las sanciones que se aplican cuando se conduce en estado de embriaguez
Conozca las sanciones que las autoridades aplican por infringir la medida de tránsito.
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Conozca las sanciones que las autoridades aplican por infringir la medida de tránsito.. Foto: Getty Images(Thot)
Si usted conduce en estado de embriaguez, la Policía tendrá que ponerle un comparendo por infringir una medida de tránsito.
Las autoridades solicitan que si va a consumir bebidas alcohólicas es mejor no manejar o si lleva el vehículo, llamar a un conductor elegido para que lo recoja en el sitio en el que se encuentra y de esta manera pueda regresar seguro a su casa.
La Secretaría de Movilidad de Bogotá explica cuáles son las sanciones que se aplican para estos casos:
- Pecuniarias: La multa depende del grado de embriaguez y de la reincidencia. El monto mínimo va desde 73.96 UVT (Para el 2021 equivale a $ 2.685.300) hasta 1183.32 UVT (Para el 2021 equivale a $ 42.964.000).
- Suspensión licencia de conducción: El tiempo de suspensión de la licencia de conducción varía de acuerdo con el grado y la reincidencia, puede oscilar entre 1 y 10 años.
- Cancelación licencia de conducción: La cancelación de la licencia aplica cuando la prueba de alcoholemia registra grado 1 o 2, y es reincidente por tercera vez en cualquiera de estos grados; o cuando se detecta por segunda o tercera vez en grado 3.
- Inmovilización del vehículo: El tiempo de inmovilización del vehículo oscila entre 1 y 20 días hábiles.
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- Realización de acciones comunitarias: Aplica para cualquiera de los grados detectados. La intensidad de horas varía según el grado y la reincidencia, pueden oscilar entre 20 y 90 horas.
- Otras sanciones: El conductor que no permita las pruebas de alcoholemia o se dé a la fuga, se le cancelará la licencia, se le impondrá multa de 1.440 SMDLV y se inmovilizará el vehículo por 20 días hábiles.
- Duplicidad en las sanciones impuestas: La sanción en relación al monto de la multa y tiempo de suspensión de la licencia de conducción, se duplicará cuando se trate de conductores de vehículos de servicio público, de transporte escolar o de instructor de conducción.
- Sanción Penal: Si llegase a presentarse accidente de tránsito que involucre víctimas fatales y se determina la conducción del vehículo bajo grado igual o superior a 1, la pena se aumentará de las dos terceras partes al doble, en la pena principal y accesoria.