Gobierno reguló turnos laborales y reconoció horas extras de empleados de rama ejecutiva
La decisión es resultado de las concertaciones entre el Gobierno Nacional y los sindicatos de servidores públicos.
El Departamento Administrativo de la Función Pública expidió un decreto en el que regula la jornada laboral de los empleados públicos por el sistema de turnos y reconoce las horas extras.
El decreto establece los límites de la jornada laboral: el turno diurno será entre las 6:00 A.M. y las 6:00 P.M. El turno nocturno será entre las 6:00 P.M. y las 6:00 A.M.; también habrá una jornada mixta.
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Cada turno diario no podrá exceder las 12 horas, mientras que la jornada semanal no podrá exceder las 44 horas.
“Excepcionalmente, y cuando la necesidad del servicio lo requiera, las entidades podrán programar jornadas de turnos superiores a las 12 horas”, aclara la norma.
Los empleados que trabajen horas extras en la jornada diurna tendrán derecho a un recargo del 25% sobre el salario mensual y en el caso de los empleados que trabajen en la noche tendrán un recargo del 75%.
“El reconocimiento y pago del trabajo suplementario o de horas extras en jornadas por sistema de turnos se efectuará de conformidad con las normas vigentes en la materia”, agrega el documento.
Este decreto es producto de un acuerdo celebrado el 24 de mayo de 2019 entre el Gobierno Nacional y las organizaciones sindicales de los empleados públicos.