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¿Menores de edad pueden ser blancos legítimos de bombardeo? Esto dice el DIH

Mauricio Hernández, experto en Derecho Internacional Humanitario, explicó en La W que los menores son considerados niños y, como tales, son población civil.

El exconcejal Holman Morris y el senador Roy Barreras denunciaron que en medio de un operativo llevado a cabo por el Ejército Nacional en el departamento del Guaviare el pasado 2 de marzo, habrían muerto varios menores de edad. Según las fuerzas militares, dicho bombardeo se ejecutó en el marco de una operación contra el líder de las disidencias de las Farc, alias 'Gentil Duarte'.

El ministro de Defensa, Diego Molano, se refirió al hecho en los micrófonos de La W: "El bombardeo fue contra la estructura narcoterrorista de 'Gentil Duarte' que ha ejecutado más de 45 acciones contra la población civil y 106 contra la fuerza pública (...) se trató del campamento de una organización que puede poner en riesgo a la sociedad colombiana. Uno no puede creer que aquí había una escuela de formación, se trataba de un campamento terrorista".

Así, el ministro aseguró que el operativo militar se ejecutó conforme al Derecho Internacional Humanitario, ya que que esas estructuras transforman a los jóvenes en máquinas de guerra, "capacitándolos para atentar contra la fuerza pública y la población civil".

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Para entender si el Derecho Internacional Humanitario (DIH) protege a los menores de edad en medio del conflicto al lado y cómo opera la legislación colombiana al respecto, La W conversó con Mauricio Hernández, experto en Derecho Internacional Humanitario.

Hernández explicó a este medio que el DIH establece que los menores de 18 años son considerados niños y, como tales, son población civil: "Las personas civiles gozan de protección contra los ataques, salvo si participan de las hostilidades y solamente mientras dure esa participación (...) si están participando directamente de las hostilidades, corren el riesgo de ser atacados porque pierden la protección".

En este punto, el experto advirtió que existe una contradicción con la legislación colombiana: "Considera que los niños son víctimas del conflicto y no pueden ser considerados directamente como combatientes. El tema es, ¿cómo se evaluará por la justicia si en un ataque hay víctimas que pueden ser niños?".

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