Judicial

Ordenan completar trámites para constituir zonas de reserva en Sumapaz y Meta

Mediante acción de tutela, varias organizaciones solicitaron el amparo de sus derechos al debido proceso y territorialidad campesina de tres comunidades, entre ellas una indígena.

La constitución de las zonas de reserva campesina no se ha dado y la solicitud ha sido dilatada por las entidades a cargo. Foto: Getty Images / GENARO DÍAZ MELENDREZ

El Juzgado Octavo de Ejecución de Penas y Medidas de seguridad de Bogotá tuteló los derechos al debido proceso, igualdad material y territorialidad campesina del Sindicato de Trabajadores Agrícolas de Sumapaz (Cundinamarca), la Asociación Nacional de Reserva Campesina y dos organizaciones del departamento del Meta, que solicitaron la creación de Zonas de Reserva Campesina en sus comunidades desde el 2011 y aún no han sido atendidas.

Según el despacho judicial, pese a cumplir los requisitos establecidos en la Ley y a que la petición fue elevada en el año 2011, la constitución de las zonas de reserva campesina no se ha dado y la solicitud ha sido dilatada por las entidades a cargo, la actual Agencia Nacional de Tierras y quien la precedió.

El juzgado dio 180 días a la Agencia Nacional de Tierras para que se dé la conclusión del trámite que ya completa 10 años, se resuelvan las solicitudes de las comunidades campesinas y se interactúe de manera concertada y deliberativa con la comunidad indígena del Sumapaz, pues considera que se vulneró el derecho a la territorialidad campesina y, por ende, el acceso efectivo a la tierra.

La indefinición del proceso, según el fallo, “muestra la indiferencia por decir lo menos del Estado en satisfacer los derechos ius fundamentales de esa población, por cierto, históricamente discriminada y vulnerada incluso como consecuencia del conflicto armado plenamente reconocido por el órgano de cierre constitucional”.

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La sentencia señala que no se puede desconocer la importancia que tienen las zonas de reserva campesina en el marco del Acuerdo para la Terminación del Conflicto, donde fueron incluidas en el componente “Reforma Rural Integral”, como iniciativas agrarias que contribuyen a la garantía de derechos políticos, económicos, sociales y culturales de los campesinos.

Respecto al derecho al debido proceso, el juez lo consideró vulnerado debido a que se imponían requisitos adicionales, y no solo lo establecido en el acuerdo 024 de 1996, norma que establecía el procedimiento para la constitución de dichas zonas y que    fue cumplida por los solicitantes.

Zonas de Reserva Campesina involucradas

El fallo de tutela se pronunció sobre la eventual constitución de las siguientes zonas de reserva campesina:

  1. Zona de Reserva Campesina de Güejar – Cafre en el departamento del Meta.
  2. Zona de Reserva Campesina Sumapaz en el departamento de Cundinamarca.
  3. Zona de Reserva Campesina Losada – Guayabero en el departamento del Meta.