Teleférico de Monserrate fue multado por la Superintendencia de Transporte
La millonaria multa se debió a los hechos ocurridos el pasado 24 de diciembre de 2018, considerando que se incumplieron normas para prestar el servicio público de transporte
Luego de una averiguación preliminar que inició la Superintendencia de Transporte, por hechos presentados el pasado 24 de diciembre de 2018 en las horas de la tarde, cuando se registró un choque entre las dos cabinas del teleférico de Monserrate, lo que habría dejado 30 personas lesionadas, el ente de control y vigilancia informó que decidió sancionar a la sociedad Teleférico a Monserrate S.A. con $504.833.000 pesos. Se debe recordar que luego de los hechos la Supertransporte inició un análisis de la situación, formulando así 9 cargos en contra de dicha sociedad, de los cuales encontró como responsable a la misma por 6 cargos y la eximió de responsabilidad en 3 cargos.
Los cargos encontrados fueron:
1 - Infracción al principio de seguridad, según el ente de control y vigilancia, pues se pudo observar que, para el 24 de diciembre de 2018, el operador laboró por más de 11 horas y 30 minutos, de manera continua e ininterrumpida; tiempo que excede la jornada laboral legalmente establecida en las normas laborales vigentes y en la normatividad de transporte, poniendo en riesgo la vida y seguridad de los usuarios del sistema de transporte por cable.
2 - Incumplimiento del Manual Operativo, ya que se encontró que al no llevar a cabo simulacros de emergencia cada seis meses, como se indica en la “Caracterización Control Teleférico desde el cuarto de máquinas”, y el “Manual Operativo de Control de Emergencias en Teleférico”, se está incumpliendo lo señalado en la Ley.
3 - No contar con el certificado de conformidad de los equipos y demás elementos que integran el sistema de transporte público de pasajeros por cable.
4 - Omisión en el suministro de información requerida por la Supertransporte.
5 - No acreditó ante el ente de control y vigilancia que contaba con certificados que acreditaban la idoneidad del personal que desempeña labores de maquinista y supernumerario, adicionalmente, la Supertransporte pudo concluir que los trabajadores, según los requisitos establecidos por la sociedad, no son idóneos para desempeñar estos cargos, poniendo en peligro la seguridad de los usuarios de transporte.
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6 - No garantizar que los equipos cumplen con las condiciones técnico-mecánicas establecidas para su funcionamiento. No se encontró dentro de los cronogramas de mantenimiento de equipos, que la actividad y la frecuencia de la realización del mantenimiento de los mismos de los años 2017 y 2018 correspondan a la tabla que se aportó dentro del “Protocolo de seguridad teleférico a Monserrate, de septiembre de 2017
Ante el escenario, el Superintendente de Transporte, Camilo Pabón, dijo “nuestro país cuenta con cables que son usados por turistas, como también por población que los usa como su principal medio de transporte en varias ciudades. Este es el primer caso en el que la Superintendencia de Transporte investiga a un operador de transporte por cable, fijando un precedente de la vigilancia de esta entidad sobre todos los medios de transporte del país, protegiendo a los habitantes del territorio nacional”.
Finalmente, el ente de control y vigilancia, informó que contra la decisión, procede recurso de reposición y subsidiariamente el recurso de apelación, según lo que establece la ley.