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Mintrabajo anunció medida en beneficio de las madres sustitutas y su labor con la niñez

Se otorgará un subsidio económico mensual a las personas que hayan desarrollado la labor de madres sustitutas por un tiempo no inferior a 10 años

Imagen de referencia. Foto: Getty Images

Como reconocimiento a la labor desarrollada por parte de las Madres Sustitutas, el Ministerio de Trabajo, expidió el Decreto 1173 de 2020, que reglamenta el Artículo 2015 del “Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”; el cual estableció que: “…las personas que dejen de ser madres sustitutas a partir del 24 de noviembre de 2015, que hayan desarrollado la labor por un tiempo no menor de 10 años y que no reúnan los requisitos para acceder a una pensión, tendrán acceso a un subsidio.”

Con este Decreto, el Gobierno Nacional confirmó que se otorga un subsidio económico mensual que va desde 220.000, hasta 280.000 mil pesos mensuales, para las personas que hayan desarrollado sus labores como madres sustitutas, por un tiempo no menor a 10 años y que acrediten la condición de retiro ante el Bienestar Familiar a partir del 24 de noviembre de 2015 y que no puedan acceder a una pensión.

El Ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera,  agregó que para que las personas que hayan ejercido como madres sustitutas puedan acceder a este subsidio, deben demostrar que cumplen con la edad para pensión de vejez y no haber cumplido otros requisitos para pensión, así como también acreditar la condición de retiro como madre sustituta por un tiempo de la modalidad de hogares sustitutos del Bienestar Familiar a partir del 24 de noviembre de 2015 y haber desarrollado su labor como madre sustituta por un tiempo no menor a 10 años.

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Se dejó claro que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, será la entidad encargada de hacer la selección de los beneficiarios priorizando los siguientes criterios:

• La edad del aspirante no podrá ser inferior a la edad de pensión de vejez.

• El nivel de puntaje del Sisbén para el ingreso al programa.

• El tiempo de permanencia como padre o madre sustituta.

• La situación de discapacidad física o mental del aspirante.

El subsidio económico para las personas que hayan trabajado como madres sustitutas en beneficio de las niñas, niños y adolescentes del país, será financiado a través del Fondo de Solidaridad Pensional y recursos del ICBF.

En cuanto a los pagos, estos serán girados a los beneficiarios a través de los canales de bajo costo que existen en el mercado.