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ICA respondió a auditoría que lo deja mal parado en la movilización de ganado

El Instituto Colombiano Agropecuario resaltó que está presto a colaborar con los organismos de control, en el esclarecimiento de posibles irregularidades que se puedan presentar

Imagen de referencia. Foto: Getty Images

Imagen de referencia. Foto: Getty Images(Thot)

Frente a una auditoría de cumplimiento a la ejecución al Programa Nacional de Fiebre Aftosa y demás enfermedades de control oficial, en Bovinos, a cargo del ICA, y de manera transversal a FEDEGAN fondo parafiscal y a VECOL S. A. realizada por la Contraloría General de la República, en la que se conoció que en más de 8 departamentos del país entre los que se encuentran Magdalena, Norte de Santander, Meta, Arauca, Atlántico y Bolívar, hay individuos que usan identificaciones de personas muertas, cédulas inexistentes o con números idénticos pero nombres diferentes y cédulas como 1000000000, para movilizar ganado bajo aprobación del mismo Instituto Colombiano Agropecuario, este último se pronunció, manifestando que:

Siempre ha estado y estará presto a colaborar con los organismos de control, en el esclarecimiento de posibles irregularidades que se puedan presentar en el control sanitario.

Y añadió que el procedimiento que realiza para otorgar el Registro Sanitario de Predios Pecuarios se encuentra regulado, mediante la Resolución 9810 de 2017, el cual tiene como base un proceso de revisión documental, que incluye la recepción y validación de los siguientes documentos:

· Documento de identificación de la persona natural o jurídica.

· Documento mediante el cual se acredite la propiedad, tenencia o posesión del predio.

· Carta de autorización o poder de representación por parte del titular de los animales a un tercero para realizar el trámite de solicitud de guías de movilización, si aplica.

· Estos documentos son aportados directamente por el titular (Responsable Sanitario) de los animales o en su defecto por un apoderado para adelantar los tramites de registro.

· Una vez validados los documentos, de acuerdo con el procedimiento estandarizado por el Instituto, se procede a registrar la información en el sistema habilitado para llevar a cabo el registro sanitario de predios pecuarios y expedición de guías de movilización.

· A partir de ese momento, es responsabilidad del usuario reportar al Instituto cualquier tipo de novedad que modifique el registro inicial del predio, conforme a lo estipulado por el artículo 11 de la Resolución 9810 de 2017, en el numeral 11.3 que reza: “Informar al ICA cualquier modificación a la información que dio lugar al registro inicial del predio pecuario dentro del término establecido para ello, de conformidad a lo establecido en la presente resolución”.

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También el ICA manifestó que en caso de fallecimiento del titular de los animales, se deberá dar inicio al proceso de sucesión, con el fin de definir el nuevo responsable sanitario de los animales y este es el soporte que se utiliza para realizar las modificaciones que correspondan en el sistema de información, añadiendo que realiza verificaciones al proceso de registro de predios y expedición de guías de movilización desde las Gerencias Seccionales y el nivel nacional, para identificar posibles irregularidades en dichos procesos, iniciando investigaciones con posibles connotaciones disciplinarias, por poner en riesgo el estatus sanitario del país.

De acuerdo con la Dirección Técnica de Sanidad Animal: “Se realizó validación a través del Sistema de Información para Guías de Movilización Animal – SIGMA, evidenciando que la cédula reportada en la comunicación realizada (1000000000) no existe en el SIGMA (Sistema de Información para Guías de Movilización Animal).

Seguido a esto, el Instituto explicó que la guía sanitaria de movilización interna es un instrumento de control sanitario, por medio del cual autoriza la movilización de animales, teniendo en cuenta condiciones sanitarias favorables en un momento específico, tanto en el lugar de origen como en el de destino de los animales o de los productos que se van a movilizar. Estas condiciones dan la base para la autorización o no de la movilización y permiten al ICA intervenir de manera oportuna para prevenir la difusión de enfermedades y la ocurrencia de epidemias.

En su pronunciamiento, el ICA añadió que antes de generar la correspondiente guía, hace una validación previa de requisitos sanitarios que son la base fundamental para autorizar la movilización, de acuerdo con las condiciones de riesgo definidas por la autoridad sanitaria, incluyendo que puede aplicar las medidas preventivas para asegurar que la movilización autorizada no se convierta en un factor de riesgo para la afectación del estatus sanitario, teniendo en cuenta, de manera paralela, los casos en que se adelantan Procesos Administrativos Sancionatorios.

Finalmente, el Instituto Colombiano Agropecuario, expresó que adicionalmente a la validación documental al momento de registrar el predio, hace validaciones tanto de personas como de requisitos sanitarios, aprovechando las herramientas tecnológicas e interacciones con otros sistemas de información, como, por ejemplo: el Sistema Nacional de Recaudo SNRI, SAGARI y SINIGAN.

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