Tumban decreto que ordenaba decomisar la dosis en Colombia
Hay que tener en cuenta que el uso de sustancias psicoactivas pertenece a la esfera privada del consumidor.
Tras dos años de su implementación, el Consejo de Estado dejó sin efectos el polémico decreto 1844 de 2018 que ordenaba a la Policía decomisar las dosis mínimas de los usuarios en el espacio pública.
Con ponencia del consejero, Roberto Serrato, la Sección Primera le ordenó a las autoridades policiales que sólo podrán decomisar la droga cuando se verifique que el portador la va a comercializar o distribuir.
Aclaró el alto tribunal que hay que tener en cuenta que el uso de sustancias psicoactivas “pertenece a la esfera privada del consumidor”, pero al mismo tiempo, esta persona debe respetar los derechos ajenos y el orden público.
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Aunque no declaró nulo por completo el decreto presidencial, “en lo referente a la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas o sustancias prohibidas”, sí decidió condicionar su validez.
Así, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo dejó claro que se puede confiscar y destruir la dosis mínima cuando su porte, tenencia o posesión “traspasa la esfera íntima del consumidor”.