JEP niega sometimientos de Maza Márquez y Santofimio por magnicidio de Galán
Para el Alto Tribunal los dos implicados en el caso deben cumplir con la pena impuesta por la Corte Suprema de Justicia.
La Jurisdicción Especial para la Paz rechazó el sometimiento al sistema de justicia Transicional que buscaban el exministro Alberto Santofimio Botero y el exdirector del DAS, Miguel Maza Márquez por el magnicidio de Luis Carlos Galán, ocurrido el 18 de agosto de 1989.
Para el Alto Tribunal los dos implicados en el caso, deben cumplir con la pena impuesta por la Corte Suprema de Justicia, es decir Maza Márquez a 24 años de prisión y Santofimio Botero a 30 años, las cuales se encuentran cumpliendo privados de la libertad.
El magistrado Eduardo Cifuentes señaló que la JEP se apoyó en sentencias de la Corte Suprema de Justicia, como cosa juzgada, donde se condenó a Maza Márquez y a Santofimio Botero en un contexto de delitos derivados del narcotráfico y no del conflicto armado.
“(...) por considerar que el delito cometido contra el líder político Luis Carlos Galán Sarmiento se produjo por razones de narcotráfico y sin ninguna relación con el conflicto armado”, precisó el magistrado Eduardo Cifuentes con relación a la segunda instancia.
Añadió que frente al delito de concierto para delinquir por el que igualmente fue condenado Maza Márquez “la Sección de Apelación devolvió el proceso a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas para que decida sobre su sometimiento, en su condición de ex director del DAS”
Lo anterior porque como compareciente voluntario en este caso la Sección encontró que habría alguna relación con el conflicto frente al delito de concierto para delinquir por la conformación y nexos con grupos paramilitares del Magdalena Medio.
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