Viceministro de Salud explica resolución que regula el aborto en Colombia
Iván Darío González manifestó que la resolución no legaliza el aborto en todas las causales, solo en las tres condiciones legalmente establecidas por la Ley.
Durante las últimas horas ha circulado una Información desde la organización Unidos por la vida, en donde denuncian que el Ministerio de Salud busca reglamentar el aborto en Colombia cómo un derecho fundamental hasta el 9 mes del embarazo.
En diálogo con La W, el viceministro de Salud Iván Darío González, aseguró que el borrador de resolución para La Interrupción Voluntaria del Embarazo se da por orden de la Corte Constitucional que le ordenó emitir una regulación con el fin de eliminar las barreras de acceso al aborto voluntario y para que se garanticen las condiciones de calidad, seguridad y salubridad en los servicios.
González explica que en esta resolución se dictan las medidas necesarias para que aseguren la suficiente y efectiva disponibilidad en el acceso a los servicios relacionados con el aborto.
Las personas que desean acceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo tienen derecho a acceder a una valoración integral y oportuna del estado de salud sobre el posible riesgo que llegue a representar el embarazo para su vida o su salud”.
El funcionario también explicó que La atención debe incluir una valoración del estado de salud físico y mental, y debe conocerse con precisión los procedimientos, tratamientos y medicamentos requeridos.
Además, se debe obtener de manera inmediata el certificado expedido por un profesional de la medicina o de la psicología, según sea el caso, para proceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo.
En caso de que el embarazo sea consecuencia de violencia sexual, se puede acceder de manera urgente y gratuita a todas las demás atenciones en salud previstas para las víctimas de violencia sexual, incluida la Interrupción Voluntaria del Embarazo si así lo decide la persona.
Finalmente González reiteró que en Colombia el aborto está despenalizado desde hace 13 años, por tres causales que determinó la Corte Constitucional en la sentencia 355 del 2006.
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