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Primera condena por corrupción en el sector de la salud

Fiscalía puso al descubierto una red de corrupción que permeó los entes de control para favorecer a particulares afectando el sistema de salud de los colombianos.

La sentencia también contempla el pago de una multa de 540.6 salarios mínimos legales mensuales vigentes, así como la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 60 meses.. Foto: Getty Images

La sentencia también contempla el pago de una multa de 540.6 salarios mínimos legales mensuales vigentes, así como la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 60 meses.. Foto: Getty Images(Thot)

El juez 27 penal del circuito con función de conocimiento de Bogotá condenó a 66 meses de prisión (5 años y medio) a Javier Peña Ramírez, exdirectivo de Cajacopi EPS, en virtud de su aceptación de cargos.

La sentencia también contempla el pago de una multa de 540.6 salarios mínimos legales mensuales vigentes, así como la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 60 meses.

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Gracias al material probatorio con el que contaba la Fiscalía, Peña Ramírez, quien ejercía como director médico nacional de Cajacopi EPS —capturado en Barranquilla (Atlántico) en octubre de 2018—, admitió su responsabilidad en los delitos de concierto para delinquir en concurso con cohecho, utilización indebida de información oficial privilegiada y asesoramiento y otras actuaciones ilegales.

La investigación se relaciona con la existencia de una red delincuencial conformada por al menos cuatro personas que se concertaron para manipular el sistema de salud valiéndose de los altos cargos que ocupaban en instituciones que vigilan ese sector, para favorecer a entidades promotoras de salud (EPS) y cajas de compensación, a cambio dádivas, que el entonces director médico de la EPS aceptó haber ofrecido y pagado a una alta funcionaria de la Superintendencia Nacional de Salud.

Cabe recordar que otras tres personas fueron judicializadas para la misma época del hoy condenado por estos hechos, por delitos como cohecho, concierto para delinquir, prevaricato por omisión, utilización indebida de información oficial privilegiada, asesoramiento y otras actuaciones ilegales, y falsedad en documento privado. Esta decisión es de primera instancia y fue apelada por todas las partes implicadas en el proceso.

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