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Tutela interpondrá defensa del alcalde de Sogamoso por suspensión de Procuraduría

Gilberto Rondón, apoderado del alcalde, dice que la Procuraduría no es competente para destituir y sancionar a un alcalde por voto popular cuando no hay corrupción.

La Procuraduría determinó que se extralimitó al ordenar la suspensión del recibo de residuos sólidos en el Relleno Sanitario. Foto: Alcaldía de Sogamoso

Con el argumento de que la Procuraduría no es competente para sancionar por ocho meses al alcalde de Sogamoso, Sandro Condía, por el cierre del relleno sanitario, el abogado defensor Gilberto Rondón interpondrá una acción de tutela ante un juez administrativo de Boyacá.

Rondón, consideró no se podía sancionar al alcalde Condía porque “no existe ningún tipo de falta disciplinaria” y por ello, además, interpondrá un recurso de aclaración.

El fallo no me contesta, la tesis principal que presenté en el cual tiene que ver con la Procuraduría no es competente para destituir y sancionar a un alcalde por voto popular cuando no hay corrupción”, dijo.  

Con este nueve fallo, según Rondón, se revoca el de primera instancia en el cual el Ministerio Público había destituido a Sandro Condía y 11 años de inhabilidad.

  Es de recordar que en la reciente fallo, el ministerio Público declaró probados los cargos formulados a Condía Pérez y determinó que se extralimitó al ordenar a la empresa de servicios públicos la suspensión del recibo de residuos sólidos en el Relleno Sanitario, provenientes de Sogamoso y 43 municipios de Boyacá, sin tener la competencia de tomar esta determinación de manera unilateral.

Según la Procuraduría, el mandatario de Sogamoso no actuó con el cuidado necesario y puso en riesgo de una emergencia sanitaria a varios municipios de Boyacá que disponían los residuos sólidos en el relleno sanitario.