Corte Constitucional daría vía libre a la creación de una nueva instancia de juzgamiento
La Sala Plena de la Corte Constitucional podría darle vía libre a una nueva instancia de juzgamiento para aquellas personas que son condenadas por primera vez en segunda instancia.
![Según la Corte Constitucional, esta sala plena extraordinaria beneficiaría a las personas que han sido condenadas por primera vez en segunda instancia y absueltas en primera instancia. Foto: Colprensa](https://prisaradioco-wradio-colombia-sandbox.cdn.arcpublishing.com/resizer/v2/STPNJNTDDFFZFONRPGF6JHBIWU.jpg?auth=9c67456c6e83241898cb8f06603b967089f251e95b20ce9652f84c62a5822bfa&width=650&height=488&quality=70&smart=true)
Según la Corte Constitucional, esta sala plena extraordinaria beneficiaría a las personas que han sido condenadas por primera vez en segunda instancia y absueltas en primera instancia. Foto: Colprensa(Thot)
Mientras hoy los medios tienen su atención puesta en la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, que aceptaría la renuncia del saliente fiscal general Néstor Humberto Martinez, La W conoció que Corte Constitucional llevará una sala plena extraordinaria que le daría vía libre a la creación de una nueva instancia de juzgamiento.
Esta beneficiaría a las personas que han sido condenadas por primera vez en segunda instancia y absueltas en primera instancia.
Así lo hará Corte al resolver dos acciones de tutela presentadas por los exconcejales Robinson Rodriguez y Héctor Hincapié, ambos condenados por distintas situaciones pero en segunda instancia. De esta manera, la Corte decidirá si ampara su derecho al debido proceso y les permite una nueva instancia para que pueda apelar su fallo condenatorio.
Fuentes consultadas por La W explicaron que dicha decisión, que sería trascendental, provocaría una avalancha de solicitudes por parte de personas que en segunda instancia fueron condenados por primera vez y que, en casación, su proceso no podría ser modificado. Incluso generaría un precedente que puede llegar a ser bien recibido por aquellos aforados condenados en una sola instancia.
En Sentencia C-792 de 2014, dicha providencia reconoció que sí se puede en Colombia garantizar una instancia adicional a las personas absueltas en primera instancia pero condenadas en segunda y que no contaban con la oportunidad de apelar la segunda instancia.