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Tribunal tumbó fallo que adjudicó 6.182 hectáreas de la nación a un congresista

El área recuperada por la Agencia Nacional de Tierras es de 6182 Hectáreas y 9.054 Metros Cuadrados.

Con tutela, Agencia Nacional de Tierras recupera importantes terrenos baldíos en Vichada. Foto: Redacción W Radio

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, en su sala civil, concedió a la Agencia Nacional de Tierras, el amparo constitucional de tutela, invocado por la entidad, para que fuera protegido el derecho fundamental al debido proceso y en consecuencia se declarara la ineficacia del proceso agrario, con el que un particular se había apropiado en forma irregular del predio Buenavista en el Departamento del Vichada.

El terreno había sido adjudicado a través de un proceso judicial, adelantado por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Carreño, desconociendo que se trataba de un baldío de la Nación, por lo que la actuación resultaba ilegítima.

Conocida la decisión del Alto Tribunal, la Directora General de la Agencia Nacional de Tierras, Myriam Martínez Cárdenas, aseguró que: “como máxima autoridad de tierras del país, en la ANT nos corresponde salvaguardar integralmente la legalidad, como fundamento de la estabilidad jurídica y la garantía de que los predios de la Nación y el ordenamiento social de la propiedad deben ser manejados en forma rigurosa y con absoluta transparencia”.

Según el fallo de tutela, el juzgado de Puerto Carreño, “a través de sentencia proferida el 30 de agosto de 2017, ordenó declarar que GUSTAVO LONDOÑO GARCÍA y NICOLAS LASERNA SERNA adquirieron por prescripción extraordinaria de dominio el siguiente inmueble denominado “BUENAVISTA, ubicado en la vereda Buenavista del Municipio de Primavera, Vichada, con un área de 6182 Hectáreas y 9.054 Metros Cuadrados”, explicó un documento de la ANT.

Para la Agencia Nacional de Tierras es claro que dicha sentencia estaba viciada por cuanto el predio en cuestión carece de titulares de derechos reales inscritos sobre el predio. En consecuencia, a la luz de las normas vigentes se trata de un terreno baldío de la Nación, cuyo carácter es imprescriptible y que por lo tanto tenía que hacerse parte a la Autoridad de Tierras en el proceso”, agrega el informe. 

En consecuencia, la ANT, en su calidad de máxima autoridad de tierras del país, instauró una acción de tutela ante el Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Villavicencio – Meta, mediante la cual le solicitaba que: “TUTELAR a favor de la Agencia Nacional de Tierras, los Derechos Constitucionales fundamentales invocados, por tanto, declare nulo de pleno derecho el proceso agrario de pertenencia en cuestión”, acción que concluyó en la decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio de la que trata esta comunicación.