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Llaman a audiencia a exgobernador de Vichada por caso Ciner

Sergio Andrés Espinosa es cuestionado por este "elefante blanco" de 44.000 millones de pesos que fue denunciado por La W.

El Ciner era un proyecto que inicialmente fue concebido como de energía renovable, pero terminó trabajando con una planta de Diésel. Foto: W Radio

La Procuraduría Regional de Vichada, a través de una decisión registrada el 12 de septiembre de 2018,  compulsó copias para que se adelantara proceso disciplinario contra los gobernadores y ex gobernadores del departamento de Vichada.

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Este proceso se adelanta al considerar que podrían haberse presentado irregularidades en la celebración del contrato del Ciner por 44.000 millones de pesos.

Esto es lo que dice la decisión adoptada por el Ministerio Público:

«De conformidad con lo establecido en el artículo 177 de la ley 734 de 2002, se convoca a audiencia pública a Sergio Andrés Espinosa Flórez, a fin de que ejerza su derecho de defensa. La diligencia se surtirá en la sede principal de la Procuraduría General de la Nación, ubicada en la carrera 5 No. 15 – 80, en la ciudad de Bogotá D. C.; la fecha de instalación de la audiencia se establecerá al notificarse esta decisión teniendo en cuenta que la misma no podrá iniciar antes de cinco (5) días ni después de quince (15) días al acto de notificación».

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El Ciner era un proyecto que inicialmente fue concebido como de energía renovable, pero terminó trabajando con una planta de Diésel en un departamento que tiene una de las energías más caras del mundo. Hoy en día, el proyecto no sirve para absolutamente nada.

Ante estos hechos, la Contraloría y la Procuraduría encontraron que la Gobernación del Vichada desdibujó el objetivo inicial del contrato. Así, se logró determinar, en grado de certeza, que el parque solar no se ejecutó y no existe prueba que justifique la inversión de los recursos destinados para esta obra.

El órgano de control reprochó al exmandatario departamental la presunta transgresión de los principios de transparencia y responsabilidad de la contratación estatal, al suscribir el convenio 675 del 3 de octubre de 2013, sin tener en cuenta que en el pliego de condiciones que rigió la licitación pública No. GV-OAJ.LP-010 de 2013, al parecer, estipuló requisitos restrictivos y discriminatorios de la libre concurrencia.

El pliego pidió a los oferentes que los negocios jurídicos de los últimos siete años hubieran sido celebrados con entidades del Estado, requisito que a juicio de la Procuraduría descartaría la posibilidad de acreditar experiencia con el sector privado.

Además, solicitó como condición que la modalidad de contratación correspondiera a licitaciones públicas, en por lo menos tres negocios.

La Procuraduría advirtió que, en este caso, se habría restringido la libre concurrencia de las personas que teniendo la experiencia en el sector de la construcción, no podían participar por las restricciones en los pliegos.

Para el caso del residente y director de la obra, se requirió experiencia en edificaciones públicas, condición que para la Procuraduría habría  descartado la posibilidad de acreditar intervenciones en convocatorias privadas.

“Llama la atención que las condiciones mencionadas restringieron la experiencia que podían acreditar los posibles oferentes en construcciones de naturaleza privada, inhabilitándolos para presentar propuestas, actuación que podría resultar contraria a la libre concurrencia, toda vez que no se observa que esta limitante resulte objetiva si tenemos en cuenta que la actividad de construcción puede ser ejercida por los profesionales de la ingeniería y la arquitectura en el sector privado y/o en el sector público”.

La Procuraduría calificó provisionalmente la presunta falta del disciplinado como gravísima, a título de culpa gravísima.