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Persisten dudas frente a presunta inhabilidad de Ricardo Rodríguez Yee en Fonade

Función Pública respondió que no encuentra que el concepto que emitieron se esté apartando de dicha sentencia, y que su criterio es que no hay inhabilidad.

A pesar del concepto emitido por el Departamento Administrativo de Función Pública, en el que se señala que Ricardo Rodríguez Yee, contralor delegado de Minas y Energía, no está inhabilitado para gerenciar Fonade, quedan todavía dudas al respecto.

Antes de su nombramiento, el mismo Rodríguez Yee pidió a Función Pública un concepto sobre si estaba o no inhabilitado. La respuesta de la entidad (adjunta) es un tema netamente contractual, en donde evalúan la Ley 80 y en donde se dice que no hay inhabilidad en la contratación.

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No obstante, después de consultar con expertos en derecho administrativo, Función Pública habría tenido que revisar el Decreto 128 de 1976 que señala que "no podrán ser elegidos gerentes, quienes durante el año anterior a la fecha de su nombramiento hubieren ejercido el control fiscal en la respectiva entidad”.

Función Pública emitió un nuevo concepto (adjunto), según ellos por solicitud nuevamente de Rodríguez Yee tras la noticia dada por La W. En ese segundo concepto, la entidad sí tiene en cuenta el Decreto en mención, pero igual indica que no hay inhabilidad porque la vigilancia y control de Fonade es ejercido por la Contraloría Delegada de Gestión Pública e Instituciones Financieras y no la de Minas y Energía, donde está Rodríguez Yee.

Esto, a pesar de que el contralor delegado habría firmado y revisado auditorías a entidades que contrataron con Fonade, y cuyos negocios habrían sido vigilados por él. De hecho, en su función de vigilancia de la gestión fiscal también habría solicitado, de forma directa, información a Fonade.

El concepto también menciona que el Decreto sí aplica para su sector, es decir, que frente a entidades de Minas y Energía sí tiene impedimentos. Al consultar a Función Pública por qué no se evaluó el control fiscal en el primer concepto, señaló que porque no se había consultado ese tema específico. Sin embargo, fuentes cercanas a la entidad dicen que sí se habría omitido el Decreto.

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Expertos apelan a la sentencia número C103/15 que determinó que las auditorías de la Contraloría y las decisiones que en ellas se adopten, es decir los hallazgos, afectan a todos los sujetos de un contrato. Por lo que sí habría una inhabilidad en el caso de Rodríguez Yee pues habría participado de auditorías que involucraban al sector minero y a Fonade.

Esos expertos señalan que afirmar lo contrario sería aplicar una interpretación restrictiva de la norma en materia de inhabilidad pues se estaría limitando la definición y el ejercicio del control fiscal. Frente a esto, Función Pública respondió que no encuentra que el concepto que emitieron se esté apartando de dicha sentencia, y que su criterio es que no hay inhabilidad.

Así las cosas queda el debate en manos de la Procuraduría, que podría entrar a revisar lo sucedido si evidencia alguna anomalía, o también está la vía de la tutela ciudadana.