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En Caldas fueron desmanteladas siete emisoras piratas

Las emisoras Energía 94.3 y Rockola 106.9 generaban interferencia a las frecuencias de la Aeronáutica Civil en el aeropuerto La Nubia.

Se realizó el allanamiento de seis emisoras ilegales en la ciudad de Manizales y una en el municipio de Filadelfia. Foto: Agencia Nacional del Espectro

Se realizó el allanamiento de seis emisoras ilegales en la ciudad de Manizales y una en el municipio de Filadelfia. Foto: Agencia Nacional del Espectro(Thot)

La Agencia Nacional del Espectro (ANE), en un trabajo articulado con el Centro Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación, la Personería de Manizales y el Batallón Ayacucho del Ejército Nacional, realizaron el allanamiento de seis emisoras ilegales en la ciudad de Manizales y una en el municipio de Filadelfia, en el departamento de Caldas.

En los operativos realizados, se pudo encontrar que las emisoras Energía 94.3 y Rockola 106.9 generaban interferencia a las frecuencias de la Aeronáutica Civil en el aeropuerto La Nubia. De igual manera, fueron intervenidas las frecuencias 88.1 La Cantina, 93.9 La Poderosa, 92.1 Filadelfia Estéreo y 90.5 Emisora La Disco.

Jannethe Jiménez, subdirectora de Vigilancia y Control de la ANE, quien estuvo al frente de este operativo, indicó:

“Estos operativos, en coordinación con la Fiscalía General de la Nación, permiten que le brindemos a la comunicad un espectro libre de interferencias, especialmente en todo lo que tiene que ver con seguridad aérea.  La ANE ha realizado 106 verificaciones de control técnico en la ciudad de Manizales hasta la fecha, de las cuales 17 han sido verificaciones a clandestinidad por uso del espectro. En cuanto a sanciones administrativas y penales, tenemos un balance de 20 multas y decomisos y cierre definitivo de cuatro emisoras”.

Quienes realizaban estas operaciones radiales de manera ilícita tendrán sanciones por un valor de 11.000 millones de pesos (15.000 SMMLV) en el caso de personas jurídicas y mil millones de pesos (dos mil SMMLV) para personas naturales.

Fuera de las multas, según lo establece el artículo 257 del Código Penal, las consecuencias se pueden ver reflejadas en condenas que son entre 4 a 10 años de prisión.

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