Aeronáutica Civil extiende plazo del registro civil para viajeros menores de 0 a 7 años
Según la Aerocivil, la decisión permitirá un mayor alcance en su socialización para su definitiva aplicación
Con el fin de que tenga un mayor alcance en su socialización, la Aeronáutica Civil decidió extender por cuatro meses más, es decir hasta el próximo 26 de agosto, la medida que busca exigir la presentación de la copia del original del Registro Civil de los menores de 0 a 7 años al momento de viajar por modo aéreo en vuelos nacionales.
Reiterando que el documento que las aerolíneas exigirán es la copia del original del Registro Civil, entendiéndose por “copia del original” la que expiden la Registraduría Nacional del Estado Civil, notarías y consulados colombianos en el exterior.
La entidad aclaró que es necesario que quienes viajen con niños entre estas edades tengan la documentación exigida o, de lo contrario, los menores no podrán viajar a destinos nacionales.
Cabe señalar que la copia del original del Registro Civil no tiene fecha de vencimiento, se podrá usar de manera indefinida siempre y cuando esté en buenas condiciones y ningún funcionario de seguridad de los aeropuertos podrá retenerla. Mientras entra en vigencia esta medida, los menores de 0 a 7 años podrán seguir viajando, por modo aéreo, presentando los siguientes documentos de identificación: copia del original del registro civil, fotocopia del registro civil, carné de salud o carné estudiantil.
Esta importante disposición se realiza con el fin de proteger a los menores de edad y tener un mayor control de su tránsito por los aeropuertos.