Víctimas de violencia sexual de El Salado no han sido reparadas, dice Corte Constitucional
El alto tribunal descubrió que 18 años después de dicha masacre, las accionantes no fueron informadas ni convocadas para participar del proceso de reparación colectiva.
Víctimas de violencia sexual de El Salado no han sido reparadas, dice Corte Constitucional
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Víctimas de violencia sexual de El Salado no han sido reparadas, dice Corte Constitucional. Foto: Colprensa
Un fuerte llamado de atención le hizo la Corte Constitucional a la Unidad de Atención y Reparación a Víctimas, la cual, desde el año 2008, ha adelantado programas de reparación colectiva con la comunidad de El Salado en Bolívar.
Cabe recordar que esta zona del país fue víctima de una masacre de al menos un centenar de personas por parte de las Autodefensas que comandaba Rodrigo Tovar, alias Jorge 40, entre el 16 y el 22 de febrero de 2000. Sin embargo, 18 años después no se ha incluido a las víctimas de abuso sexual en los programas de reparación, según lo revela una sentencia conocida por La W.
La situación fue evidenciada cuando el alto tribunal resolvió una tutela presentada por seis víctimas de violencia sexual de la masacre de El Salado, que solicitaban la suspensión del proceso de reparación colectiva que con la comunidad se había adelantado desde el 2008. La razón de ello era que las accionantes no fueron informadas ni convocadas para participar activamente del proceso de reparación colectiva de El Salado y porque el plan de reparación integral colectivo no contaba con un enfoque diferencial y de género.
“A causa de lo anterior, la UARIV deberá diseñar, ajustar e implementar una forma factible para que las víctimas participen en la identificación de daños y medidas de reparación colectiva que estén directamente orientadas a reparar el tejido social de los saladeños y transformar paulatinamente las condiciones estructurales de discriminación y violencia a la mujer que facilitaron o causaron los hechos delictivos”, dice la sentencia.
En consecuencia, la Corte ordenó que en menos de un mes se diseñe un plan y un cronograma para convocar e instalar un Comité conformado por las accionantes y las entidades cuya participación considere pertinente, a fin de garantizar la participación efectiva de las accionantes en la identificación de daños y medidas de reparación colectiva, protegiendo la confidencialidad y su seguridad. Esto con el propósito de que las víctimas participen en un entorno seguro, confidencial y se evite su revictimización.
El cronograma establecido debe contemplar el inicio del proceso de convocatoria e instalación del Comité dentro de los dos meses siguientes a la notificación de esta sentencia. Además, se debe contemplar que la Unidad verifique si las accionantes están inscritas o cumplen con los requisitos para inscribirse en el Registro Único de Víctimas (RUV) por el hecho victimizante de violencia sexual. En caso de cumplirlos, se debe ordenar a la UARIV registrar a las accionantes en el RUV. Esta orden deberá cumplirse dentro de las siguientes cuarenta y ocho horas a partir de su notificación.
También se le ordenó a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo hacer seguimiento al cumplimiento de las órdenes anteriores, para lo cual la Secretaría General de la Corte Constitucional les remitirá copia de la mencionada providencia.
Por su parte, la subdirectora de Sisma mujer, Alinda Cabrera, aseguró en diálogo con La W que “Este caso representa la invisibilidad de las mujeres cuando son abusadas sexualmente, a las mujeres las registran pero no por este tipo de acción victimizantes”.