Gobierno revisará artículo que permite que ex-Farc sigan postulando a la JEP
El alto Comisionado para la Paz expresó que el artículo 63 de la ponencia de la reglamentación de la JEP debe ser aclarado por sus ponentes.
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La reglamentación de la Jurisdicción de Paz (JEP) vuelve a estar en el centro de la polémica por cuenta de un artículo en la ponencia, el 63, con el que se abre la puerta para que personas que no estén inscritas en el listado de guerrilleros de las Farc accedan a los beneficios de la JEP.
“La JEP tendrá competencia personal respecto de las personas incluidas en los listados elaborados por las Farc-EP así como respecto de aquellas personas que en providencias judiciales hayan sido condenadas, procesadas o investigadas por la pertenencia a las Farc-EP o colaboración con esta organización, por conductas realizadas antes del 1 de diciembre de 2016, aunque no estuvieren en el listado de integrantes entregado por dicho grupo al Gobierno Nacional durante el proceso de dejación de armas”, señala el artículo.
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El alto Comisionado para la Paz, Rodrigo Rivera, expresó en La W que es necesario revisar dicho artículo porque pese a que el gobierno considera que los listados ya quedaron cerrados, podrían presentarse ambigüedades en los casos que eventualmente admita la sala de Amnistías de la Jurisdicción Especial para la Paz.
Explicó Rivera que esta Sala sólo podrá admitir más nombres de ex-Farc por motivos de fuerza mayor.
“Las Farc han insistido en que necesitaban agregar nombres a esa lista. Lo que se acordó es que se dijera que en el proyecto de ley que la Sala de Amnistías pudiera admitir casos distintos por motivos de fuerza mayor”, expresó el comisionado.
Rivera afirmó que se debe revisar el artículo 63 para que no entren narcotraficantes colados, o que aleguen que su delito es conexo a la rebelión que cometieron las Farc.
“Vamos a pedirle a los ponentes que lo aclaren así, que en ningún caso esta medida vaya a beneficiar a los nombres que han sido descartados por el gobierno. Esto no puede ser una segunda instancia para los colados”, agregó el comisionado.
Al respecto, el ponente del proyecto, Hernán Penagos aseguró que este artículo solo aplica para quienes fueron condenados por su pertenencia a las Farc pero que “no aplica para cualquier persona”.
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Penagos añadió de forma enfática que “los listados de las Farc no volverán a abrirse” y dijo que “si hay necesidad de hacer precisiones en el articulado, se harán”.