La Dian detectó remesas y transferencias ilegales por más de un billón de pesos
Según explicó la autoridad aduanera, los servicios de remesas y transferencias de forma ilegal se dieron en la frontera colombo venezolana.
Un billón doscientos sesenta y ocho mil ciento diez y nueve millones novecientos treinta y dos mil pesos, es la cifra que según la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, redes ilegales de personas naturales, que por cuenta propia o de terceros, y sin contar con el debido cumplimiento al régimen cambiario, movieron en servicios de remesas y transferencias de forma ilegal en la frontera colombo venezolana.
Según explicó la autoridad aduanera, esto se evidenció a través del desarrollo de investigaciones cambiarias de la Dirección de Fiscalización y con el apoyo de la Dirección de Policía Fiscal y Aduanera.
Dentro del informe, se expuso que estas redes ingresan y sacan dinero de Colombia a través de la oferta de servicios de remesas de fondos y transferencias monetarias no autorizadas, encontrando su nicho de negocio en la necesidad de los inmigrantes venezolanos de enviar dinero a sus familias.
Los servicios ilegales ofertados, presumen un incremento desmesurado de ingreso ilegal de dinero a nuestro país, posiblemente por lavado de activos, en favor de personas o estructuras económicas ilegales que se asientan en la zona de frontera de Norte de Santander; y por los dividendos que obtienen, fungen como inversores o promotores de otras actividades económicas ilegales, afectando de esta forma el orden económico y social colombiano.
Por otro lado, en la zona de frontera la Dian informó que descubrió empresas creadas únicamente para simular, como legales, actividades de comercio exterior, mediante operaciones de cambio de obligatoria canalización para ingresar divisas a través de la modalidad de Anticipos para futuras Exportaciones, sin existir una realidad comercial que las avale.
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Se estima la realización de operaciones ilegales por la suma de treinta y ocho mil ciento cuarenta y dos millones novecientos cincuenta y seis mil doscientos sesenta y cuatro pesos, debido también a que las mismas, no cuentan con causas jurídicas que justifiquen la razón de no hacer la operación de comercio exterior, o que no se realice la devolución de las divisas recibidas en la forma establecida por la normatividad cambiaria; permitiendo concluir a la autoridad aduanera que estas no tienen otra realidad económica más allá, de un posible ingreso de divisas por lavado de activos.