Estas son las restricciones de circulación de vehículos durante la cuarentena en Bogotá

La Alcaldía de Bogotá decretó nuevas medidas para controlar los contagios de COVID-19 en la capital del país.

La Alcaldía de Bogotá decretó nuevas medidas para controlar los contagios de COVID-19 en la capital del país.. Foto: Colprensa - Camila Díaz

La Alcaldía de Bogotá decretó nuevas medidas para controlar los contagios de COVID-19 en la capital del país.. Foto: Colprensa - Camila Díaz(Thot)

La Alcaldía de Bogotá ha decretado nuevas medidas debido a la alerta roja hospitalaria y en la ciudad por cuenta del aumento de contagio de COVID-19, y la alta ocupación de las UCI en la capital del país.

La cuarentena 4x3 es una de las medidas tomadas por el Distrito, es decir, de lunes a jueves no hay confinamiento, pero de viernes a domingo, sí lo hay.

Además, anunciaron restricciones de circulación de vehículos, las cuales son:

- Restricción nocturna desde el lunes 26 de abril hasta el lunes 3 de mayo de 2021

Los vehículos no podrán circular en la ciudad entre las 8 de la noche y las 4 de la mañana. Excepto los casos previstos en el Art. 1 y 2 del Decreto 157 del 25 de abril de 2021.


 

- Restricción fin de semana

No podrán circular los vehículos desde las 00:00 del viernes 30 de abril hasta las 4 de la mañana del lunes 3 de mayo de 2021. Excepto los casos previstos en el Art. 1 y 2 del Decreto 157 del 25 de abril de 2021.

Le puede interesar:

- Restricciones permanentes y durante la emergencia sanitaria

Vehículos de servicio particular: No hay una norma que diga cuántas personas deben estar dentro del carro, sin embargo, se sugiere mantener el distanciamiento social y utilizar tapabocas. Recordemos que también deben cumplir la medida de pico y placa establecida en la ciudad.

Vehículos de servicio público individual (taxis): El servicio se debe realizar con todos los protocolos de bioseguridad

Vehículos de servicio público especial: Podrán transitar con los protocolos de bioseguridad, manteniendo el distanciamiento de un metro por persona dentro del vehículo.

Vehículos de carga: El vehículo que tenga cabina sencilla no puede transportar a más de dos personas.

Vehículos de transporte público colectivo: Se deberá mantener el distanciamiento social, además se debe controlar el aforo de usuarios.

 

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