Asofondos respalda fallo de la Corte que tumbó Decreto 558
Esa normativa permitía el traslado de los fondos privados a Colpensiones de las mesadas de retiro programado de un salario mínimo, y la reducción de la cotización en pensiones.
Frente al reciente fallo emitido por la Corte Constitucional, mediante el cual se declaró la inexequibilidad del Decreto 558 de 2020, Asofondos indicó que respalda el fallo y reafirma la solidez del régimen de ahorro individual para garantizar el pago de las pensiones de sus afiliados, sector bajo el que operan desde hace 26 años Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia.
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“Reiteramos, tras este fallo, que las administradoras de los fondos de pensiones constituyen un sector sólido, cuya experiencia y capacidad para cumplirles a sus afiliados, entre ellos, sus pensionados, está más allá de toda duda. Las AFP han cumplido, cumplen y seguirán honrando sus obligaciones como el mejor aliado de los trabajadores en la construcción de su ahorro previsional”, enfatizó Santiago Montenegro Trujillo, presidente de Asofondos.
El gremio resaltó que está claro que los 20.000 pensionados en las AFP, que originalmente iban a ser obligados a trasladar su ahorro (equivalente a $5 billones) a Colpensiones en cumplimiento del Decreto 558, seguirán donde están, en sus administradoras de fondos de pensiones, recibiendo sus mesadas de forma vitalicia.
En cuanto a los aportes suspendidos durante mayo y junio, aspecto también contemplado en el Decreto 558, Asofondos planteó que “creemos que una buena medida puede ser que las empresas y los trabajadores tengan un periodo de entre 12 y 18 meses para pagar dichos aportes sin ningún interés de mora”.