Judicial

Fiscalía logra condena por ejecución extrajudicial de dos jóvenes en Meta

Los militares condenados deberán indemnizar a los familiares de las víctimas con 200 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Las víctimas fueron reportadas como ‘bajas’ en combate y las armas puestas en la escena figuraban como elementos incautados. Foto: Getty Images

Las víctimas fueron reportadas como ‘bajas’ en combate y las armas puestas en la escena figuraban como elementos incautados. Foto: Getty Images(Thot)

El mayor en retiro del Ejército Nacional Wilson Orlando Lizarazo deberá cumplir una condena de 38 años y cuatro meses de cárcel por hacer parte de un pacto criminal entre algunos militares y el entonces bloque centauros de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), en el que certificaron bajas en combates que nunca existieron.

Los testimonios y la evidencia física recopilada por un fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos permitieron demostrar, en juicio, la responsabilidad del mayor en retiro Wilson Orlando Lizarazo Cárdenas y un grupo de militares del batallón 21 Pantano de Vargas del Ejército Nacional en la muerte de dos jóvenes a quienes presentaron como integrantes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).

La investigación puso al descubierto la existencia de una alianza criminal entre algunos oficiales adscritos a la mencionada unidad militar y cabecillas del denominado bloque centauros de las AUC, en la que fueron simuladas acciones operativas para recibir el reconocimiento de los comandantes y calmar las críticas de la población y de algunos sectores sociales que exigían resultados contra las estructuras paramilitares que delinquían en el Meta.

Las declaraciones de varios desmovilizados como Luis Arlex Arango Cárdenas, conocido como ‘Chatarro’ y cabecilla del bloque centauros, daban cuenta del contubernio entre las AUC, el mayor (r) Lizarazo y otros oficiales “…con el fin de no atacarse porque el enemigo común eran las Farc”.

En el caso específico, la Fiscalía estableció que el 14 de enero de 2004 Diego Édison Hernández y otro hombre, aún sin identificar, fueron contactados por integrantes de las AUC en un establecimiento nocturno en Villavicencio, trasladados a Fuente de Oro (Meta) y abandonados en la vereda Puerto Palmira. Hasta ese punto llegaron tropas del batallón 21 Pantano de Vargas y dispararon contra las dos personas hasta ocasionarles la muerte, tras este hecho los uniformados ubicaron armamento largo al lado de los cuerpos sin vida.

De acuerdo con las actas oficiales, las víctimas fueron reportadas como ‘bajas’ en combate y las armas puestas en la escena figuraban como elementos incautados. Todo estaba rotulado con el nombre de operación “Despegue” dirigida contra un supuesto grupo paramilitar responsable de extorsiones a transportadores de la región.

En el fallo condenatorio, el Juzgado Penal del Circuito de Granada (Meta) resaltó: “… a todas luces es una falsedad, toda vez que la confrontación no se dio y por ende desde la orden de operaciones Despegue, su contenido es falso, tanto las víctimas como las armas fueron suministradas por las AUC bloque Centauros a los militares”.

En ese sentido, el juez impuso 38 años y 4 meses de prisión al mayor (r) Wilson Orlando Lizarazo Cárdenas como coautor intelectual y material de los delitos de homicidio en persona protegida en concurso heterogéneo con falsedad ideológica en documento público, fabricación, tráfico y porte de armas de fuego, y fraude procesal. Asimismo, ordenó la captura inmediata del procesado para que cumpla la sentencia en establecimiento carcelario.

El juez condenó además a 6 años de prisión al sargento Jader Alexander Gómez Ayala y los soldados Faiber Ceballos Gómez, Jesús Danilo Zapata y Johon Richard Cárdenas, por el delito de encubrimiento; también libró las respectivas órdenes de detención.

Los militares condenados deberán indemnizar a los familiares de las víctimas con 200 salarios mínimos mensuales legales vigentes, algo más de 160 millones de pesos por concepto de perjuicios y daños morales.

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