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Condenan a más de 49 meses de prisión domiciliaria a directivos de Space

Esta es la primera sentencia condenatoria por homicidio culposo que se profiere en Colombia por el desplome de edificios.

Condenan a más de 49 meses de prisión domiciliaria a directivos de Space. Foto: Colprensa

Condenan a más de 49 meses de prisión domiciliaria a directivos de Space. Foto: Colprensa(Thot)

A 51 meses de prisión domiciliaria fue condenado Pablo Villegas Mesa, representante legal de Lérida CDO S.A.; a 49 meses María Cecilia Posada, directora de proyectos de la constructora; y a 50 meses de prisión domiciliaria a Jesús Aristizábal Ochoa, ingeniero estructuralista del Conjunto Residencial Space, por el homicidio culposo atentatorio de la vida de Juan Esteban Cantor, quien falleció con otras 11 personas el 12 de octubre de 2013, tras el desplome de la torre 6 del Edificio Space de Medellín.

El juzgado Primero Penal del Circuito de Medellín, con funciones de conocimiento, les otorgó la prisión domiciliaria previo el pago de cauciones prendarias, tras acoger las pruebas de la Fiscalía durante el juicio, en las que se demostró que hubo violación al deber objetivo de cuidado por parte de diseñadores y constructores de la obra colapsada.

Esta es la primera sentencia condenatoria por homicidio culposo que se profiere en Colombia por el desplome de edificios, aunque en la actualidad se adelanta una investigación similar por el desplome del Edificio Portal Blas de Lezo II, en Cartagena, donde fallecieron 22 personas y 21 resultaron heridas.

De igual forma, cabe señalar que la Fiscalía asumió también una investigación para determinar las causas y presuntos responsables de la caída del puente Chirajara, en la vía Bogotá—Villavicencio, donde 10 trabajadores perdieron la vida.

En el caso del edificio Space de Medellín, de acuerdo con el informe técnico presentado por la Fiscalía, hubo más de 6.000 errores en su construcción, incluso desde las etapas de diseño y cálculo. Además, hubo graves fallas en la utilización y mezcla de los materiales usados.

Según las pruebas obtenidas por el organismo investigador, la obra fue diseñada sin el respeto por las normas de sismoresistencia expedidas en los años 1998 y 2002.  Lo que “lleva a concluir que si se hubiera dado un sismo, el edificio no hubiese aguantado”, como lo revela el informe de los peritos. 

Así mismo, la juez recapituló que durante la audiencia celebrada en el mes de octubre, la infraestructura no había sido diseñada para el rendimiento menor de cargas, pues no era apto para soportar su propio peso, ni las cargas vivas y muertas. Así mismo, que presentaba defectos ostensibles de cálculo y diseño estructural.

Situación a la que se suma que pese a que se planearon 22 pisos, fueron construidos 26.

Cabe recordar que familiares de las otras 11 personas fallecidas en el desplome de la infraestructura fueron indemnizadas de manera integral por la firma constructora y, en consecuencia, la Fiscalía precluyó la investigación por esos homicidios.

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